miércoles, septiembre 11, 2013

Más sobre los indultos

Artículo 83. (Reglamento Nacional Taurino)
1. En las plazas de toros de primera y segunda categoría, cuando una res por su trapío y excelente comportamiento en todas las fases de la lidia, sin excepción, sea merecedora del indulto, al objeto de su utilización como semental y de preservar en su máxima pureza la raza y casta de las reses, el Presidente podrá concederlo cuando concurran las siguientes circunstancias: que sea solicitado mayoritariamente por el público, que lo solicite expresamente el diestro a quien haya correspondido la res y, por último, que muestre su conformidad el ganadero o mayoral de la ganadería a la que pertenezca.
Nota:
- si lees a V. Zabala lo de ayer en Albacete podía haber sido un festejo SIN picadores. 
-Mundochoto en la linea. Festejo SIN picadores,( ni falta que les hace)
- Alejandro Martínez escribe en Opinión y Toros:
 ¿Y cómo fue el de Daniel? Pues el prototipo de toro moderno. Un astado que, como toda la corrida del ganadero albaceteño, no recibió castigo alguno en el caballo y que después tuvo movilidad, al mismo tiempo que nobleza, buena condición y duración. Aguantó los innumerables muletazos, pero no fue a más (importante matiz este). Entonces quedamos en que fue un animal estimable, uno de esos predilectos de los toreros, de esos que no molestan, que van y vienen, pero de ahí a ser extraordinariamente bravo y merecer el premio máximo del indulto… 
Foto: Aplausos 
Nota añadida: En el minuto 14 de este vídeo se puede ver la suerte de varas protagonizado por el toro indultado en Albacete

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