Toro, Torero y Afición

miércoles, septiembre 17, 2008

Más del Art.25 de un Proyecto de Ley de modificación del Reglamento Taurino en Colombia

Del Art. 25 del proyecto de ley que presentará el representante antioqueño , José Ignacio Morale Gil:
La res podrá acudir al caballo únicamente por una (1) sola vez.
(...)
Si la res no acudiere al caballo en el tiempo señalado para la suerte de varas, se continuará con el espectáculo sin tener en cuenta la aplicación de la suerte de varas.
En ningún caso cuando el picador falle con la pica o coloque la vara el mal sitio, este podrá rectificar
El espada de turno solicitará el cambio de tercio después del primer puyazo o lo hará directamente el presidente de la corrida.
javier en 10:56 p. m.
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